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Regulación del juego en línea Artículo 20 bis Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/05/2025

Regulación del juego en línea Córdoba
Artículo 20 bis. Publicidad no autorizada

La Autoridad de Aplicación no puede autorizar la publicidad en:

a) La vía pública que promueva la instancia de apostar;

b) Televisión dentro del horario de protección al menor;

c) Eventos masivos musicales, artísticos o culturales en los que participen activa y directamente niños, niñas y adolescentes, y todos aquellos que la Autoridad de Aplicación determine, y d) La vía pública, radio y televisión cuando se ofrezcan bonos promocionales o de bienvenida.



Provincia de Córdoba Artículo 20 bis Regulación del juego en línea
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558



por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar


estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


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